DGA MOP O’Higgins cursa millonaria multa a empresa agrícola de la comuna de Litueche
La multa corresponde a la extracción no autorizada de aguas y obras construidas sin autorización de la autoridad competente.
Regional14 de junio de 2023Prensa CNC MediaLa Dirección Regional de Aguas (DGA) MOP O’Higgins, resolvió aplicar una multa de 1.812 UTM (aproximadamente $114.290.088) a Agrícola Topocalma Limitada, a partir del resultado de una fiscalización iniciada en febrero de 2022, la cual constató que la empresa incurrió en dos infracciones al Código de Aguas, una extracción no autorizada de aguas subterráneas y construcción de obras no autorizadas en cauce. Además se le cursó una multa de 1.856 UTM ($117.065.344) por un segundo proceso de fiscalización iniciado en junio de 2022, constatando extracción de aguas desde el estero Topocalma sin autorización y dos pretiles construidos para acumularla sin el debido permiso de la DGA.
En la inspección del primer proceso, se constató la extracción no autorizada de aguas subterráneas desde una captación tipo noria-dren, por un caudal instantáneo de 21 litros por segundo. Asimismo, los fiscalizadores verificaron en los terrenos de la Agrícola Topocalma, una obra de modificación de cauce no autorizada sobre el estero Topocalma, consistente en un pretil emplazado transversalmente, obstruyendo la totalidad del cauce.
Junto con las mediciones realizadas en el lugar, se efectuó un vuelo de dron registrando fotografías aéreas que sirvieron para completar la investigación. Los hallazgos fueron notificados en marzo de 2023 al representante legal de la empresa, la cual realizó sus descargos.
“Los descargos fueron desestimados, porque donde se emplaza la obra de captación fiscalizada, la agrícola no tiene un derecho de aprovechamiento de agua autorizado; y en el caso del pretil de 88 metros de largo, revisado el Catastro Público de Aguas, no existen autorizaciones de labores u obras de modificación de cauce aprobadas por la DGA”, sostuvo la directora regional de Aguas, Dayanna Aravena.
Como agravantes para establecer el monto de las multas, se consideró la magnitud de la modificación del cauce, afectando el escurrimiento de las aguas que abastecen al humedal de Topocalma; que la infracción se cometió en el acuífero de Topocalma declarado como área de restricción desde mayo de 2011, en una región con decreto de zona de escasez desde agosto de 2021, y tomando en cuenta impactos no previstos en el Santuario de la Naturaleza Punta del Viento y Humedal Topocalma, sector que está bajo protección del Estado.
Junto con la multa, la DGA ordenó a la empresa, en un plazo de 30 días, deshabilitar las obras de captación del dren antiguo, la destrucción del cauce del dren nuevo y del pretil, para restituir el cauce del estero Topocalma a su estado anterior. En mayo del 2022, se ordenó a la agrícola la inmediata paralización de las obras y labores de extracción de aguas subterráneas no autorizadas mientras se analizaban los descargos y se resolvía el expediente de fiscalización. Lo anterior fue constatado por los fiscalizadores el 1° de junio de 2022, observando en ese entonces el cumplimiento de lo ordenado.
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